martes, 28 de enero de 2014

Vence el plazo para pedir la devolución del 35% por gastos con tarjeta en el exterior


El viernes será el último día para solicitar el reintegro. Se trata de la retención en concepto de adelanto de Bienes Personales o Impuesto a las Ganancias que la AFIP hizo sobre consumos con tarjetas, compras por internet y la adquisición de moneda extranjera. Cómo es el trámite



Este viernes vence el plazo para que los trabajadores en relación de dependencia puedan solicitar ante la AFIP la devolución de la retención que el ente recaudador hizo sobre las compras con tarjetas de crédito y débito en el exterior y compras por internet, así como con la adquisición de moneda extranjera.

De esta manera, a quienes se les retuvo el 20% o el 35% en concepto de adelanto de Bienes Personales o Impuesto a las Ganancias deberán completar un formulario a través de internet. Para poder iniciar el trámite es necesario contar con clave fiscal nivel 2 o superior e ingresar a la página web de la AFIP. De no poseer el pin, es necesario acercarse a la dependencia del ente recaudador más cercana al domicilio y tramitarla.

Ya con la clave, se ingresa a la web de la AFIP y se elige en el menú principal la opción de sistema SIRADIG (Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias) en la opción "Trabajador".

De no aparecer la opción de "Mis retenciones" o "SIRADIG-Trabajador", es necesario dirigirse a la parte de arriba, donde dice "Servicios Administrativos Clave Fiscal", y así incorporar estos ítems. Después de elegir esa opción, dirigirse a "Administración de relaciones", elegir "AFIP" y añadirlos. Después de hacer esto, aparecerán en el menú principal, luego de ingresar con la clave fiscal.

El viernes es el último día para hacer la presentación ante la AFIP de este punto y de todos aquellos que se pretenden desgravar de gastos hechos durante 2013 y que serán incluidos en el formulario 572 Web. Allí, el trabajador deberá consignar la información referida al empleador o empleadores correspondientes al período fiscal que declara, debiendo indicar cuál de ellos es su agente de retención. Se deberá conocer el CUIT.

Inmediatamente se irá a "Carga de formulario". Allí se deberá escribir el CUIT del agente de la retención (de la tarjeta de crédito, agencia de viaje, entre otros), el plástico con el que se pagó y su número, el mes al que corresponde y el monto. En caso de un pasaje, se deberá informar el número del ticket y, si se compró moneda extranjera, habrá que detallar la declaración jurada mediante la cual se hizo la adquisición.

En el F572 web deberán también consignar las deducciones como carga de familia (hijos menores de 24 años, cónyuge, padres, abuelos, nietos, entre otros, siempre y cuando no tengan ingresos o que éstos no superen los $15.552), intereses pagados por préstamos hipotecarios (el máximo a deducir es de $20.000), donaciones, primas de seguro de vida y servicio doméstico, de los cuales se podrá deducir $ 15.552 al año (de los pagos de salario más los aportes y contribuciones), precisó Ámbito Financiero.

infobae.com

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