viernes, 6 de julio de 2012

Oficializan la prohibición de comprar dólares para ahorrar

El Banco Central emitió una norma que empieza a regir hoy y valida a la Afip. Se pueden adquirir divisas para pagar tarjetas de crédito y créditos hipotecarios ya otorgados.
El Banco Central prohibió desde hoy la compra
de moneda extranjera para atesoramiento.

Dos meses después de que la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) dispusiera, de hecho, no autorizar casi ninguna adquisición de dólares, la autoridad monetaria emitió una norma especificando en qué casos se debe pedir la autorización del fisco.

Ahorro. La comunicación A5318 del BCRA, emitida ayer, suspende el acceso al mercado local de cambios “para la compra de activos externos sin aplicación a un destino específico”. Hasta ahora, la normativa del organismo monetario permitía adquirir hasta dos millones de dólares por mes.

Viajes y turismo. De este modo, el Banco Central habilitó el acceso al mercado cambiario para adquirir dólares para “viajes propios y también de empresas por los viajes de su personal, previa validación fiscal de cada operación”. La Afip ya implementó un proceso de autorización por este motivo desde fines de mayo. La solicitud debe cursarse a través de la página de la Afip (www.afip.gob.ar) con clave fiscal, llenando un formulario con los datos del viaje y los pasajeros.

Inmuebles. Se permite la compra de billetes en moneda extranjera por los montos correspondientes a los montos de créditos hipotecarios otorgados a personas físicas para la compra de viviendas en carpetas que ya hayan sido preacordadas, sólo hasta el 31 de octubre de 2012.

Otras operaciones. Se mantiene abierta la posibilidad de realizar otras operaciones en el mercado de cambios para “pago y cobro de mercancías, servicios, rentas y capital”.

Donaciones. Se podrán comprar dólares sin autorización para motivos humanitarios.

Pequeños envíos. Las personas podrán solicitar autorización para realizar pequeñas operaciones no regulares, de hasta cinco mil dólares. Se debe presentar una declaración jurada y acreditar el fondo en una cuenta. Ejemplos: pago de una conferencia, o de los gastos de un viaje, el envío de dinero a familiares que están viajando. Por más de mil dólares, se requiere validación previa.

Tarjetas de crédito. El pago de consumos realizados en el exterior no necesita autorización de la Afip.

lavoz.com.ar

No hay comentarios:

Publicar un comentario en la entrada

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...