En la norma quedan comprendidos desde servicios informáticos hasta primas de jugadores de fútbol. Foto: Archivo |
Los residentes en el país, ya sean prestadores o prestatarios del servicio, deberán realizar una Declaración Jurada Anticipada de Servicios (DJAS), a través de la página web de la AFIP, que le asignará a cada una un número de identificación.
Así se dispuso a través de la Resolución General 3276, publicada este miércoles en el Boletín Oficial especifica que los requerimientos del sistema de Ventanilla Única Electrónica también podrán aplicarse a contratos de servicios realizados con anterioridad al 1 de abril, siempre y cuando queden pagos pendientes de cancelación.
La medida está orientada a poner énfasis en los controles del organismo recaudador sobre el ingreso y egresos de divisas en el comercio exterior de intangibles.
ACTIVIDADES ALCANZADAS
Los contratos que deberán pasar por el tamiz del sistema que hasta ahora controlaba solamente las operaciones de importaciones serán los que sean de por los menos U$S 100.000 dólares o los que impliquen cuotas de por lo menos U$S 10.000.
Según se detalla en el anexo de la Resolución, los tipos de servicio alcanzados por esta norma aduanera son:
- Servicios de información e informática
- Patentes y marcas
- Regalías
- Derechos de Autor
- Primas por Préstamos de Jugadores de Fútbol
- Servicios Empresariales Profesionales y Técnicos
- Servicios Personales, Culturales y Recreativos
- Compra de Activos no Financieros no Producidos
- Pagos por Garantías Comerciales por Exportaciones de Bienos y Servicios
- Derechos de Explotación de Películas
- Videos y Audios Extranjeros
- Servicios de Transferencia de Tecnología
- Otras Rentas Pagadas al Exterior
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